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Nuevas órdenes sobre ciudadanía por nacimiento: qué cambió y qué no

El 6 de agosto de 2026 se firmaron dos órdenes ejecutivas distintas. Una trata de visas y entrada al país; la otra, de cuándo las agencias federales reconocen la ciudadanía con documentos. La mayoría de las familias no queda automáticamente afectada, pero hay situaciones específicas que sí merecen atención.

Lo más importante

  • Si uno de los padres es ciudadano estadounidense, las cuatro categorías de la nueva orden no aplican. La orden misma limita su alcance a los casos en que ninguno de los padres es ciudadano.
  • Una de las órdenes trata principalmente de visas y entrada al país y del llamado birth tourism.
  • La otra instruye a las agencias federales sobre cuándo reconocer documentalmente la ciudadanía, en cuatro categorías específicas.
  • Varias cuestiones siguen jurídicamente abiertas y pueden cambiar con los litigios o con la guía que publiquen las agencias.

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Esta página es información legal general, escrita y revisada por un abogado licenciado en California. No es asesoría legal sobre su caso individual y leerla no crea una relación abogado-cliente.

Estado al momento de esta actualización

1 · Qué pasó

Qué pasó el 6 de agosto de 2026

Se firmaron dos órdenes ejecutivas separadas. Es importante no confundirlas, porque hacen cosas distintas y afectan a personas distintas.

Orden 1 — «Continuing to Protect the Meaning and Value of American Citizenship»

Esta orden dice que ninguna agencia federal debe emitir documentos que reconozcan la ciudadanía estadounidense —ni aceptar documentos estatales o locales que pretendan reconocerla— respecto de ciertas personas, cuando ninguno de los padres es ciudadano y se cumple alguna de cuatro condiciones.

La orden no inicia por sí sola un proceso para quitarle la ciudadanía a nadie. Lo que hace es instruir a las agencias federales sobre la emisión y la aceptación de ciertos documentos que reconocen la ciudadanía, partiendo de la posición del gobierno de que las personas cubiertas no adquieren la ciudadanía por nacimiento. Esa posición es precisamente lo que los tribunales tendrían que evaluar.

Orden 2 — «Ending Birth Tourism»

Esta orden define el birth tourism como la entrada de un extranjero con una visa de no inmigrante con el propósito de dar a luz en Estados Unidos —y también el hecho de facilitar esa entrada a otra persona—. Instruye al Secretario de Estado y al Secretario de Seguridad Nacional a actualizar sus reglas y su guía operativa para negar visas, revocar autorizaciones de viaje, impedir la entrada o remover a quienes estén involucrados. Permite excepciones por razones humanitarias o de interés nacional.

2 · La distinción simple

Son dos preguntas diferentes

Si entiende esta distinción, entiende casi todo lo que se ha publicado esta semana.

Pregunta 1

¿Puede la persona recibir una visa o entrar a Estados Unidos con el fin de dar a luz aquí?

Esto se decide antes del nacimiento, en el consulado o en el puerto de entrada. Es el terreno de la orden sobre birth tourism.

A quién afecta: personas que están fuera de EE. UU. o solicitando una visa.

Pregunta 2

Si el niño efectivamente nace aquí, ¿reconocerán las agencias federales su ciudadanía?

Esto se decide después del nacimiento, cuando se pide un pasaporte u otro documento. Es el terreno de la orden sobre ciudadanía.

A quién afecta: familias que ya tuvieron —o van a tener— un hijo en EE. UU.

3 · A quién podría cubrir

¿A quién podría cubrir la orden sobre ciudadanía?

Primer filtro — léalo antes que nada

Ninguno de los padres es ciudadano estadounidense

La orden aplica sus cuatro categorías únicamente cuando ninguno de los padres del niño es ciudadano estadounidense. Si uno de los padres ya es ciudadano, esas cuatro categorías no se activan bajo el propio texto de la orden.

Este es el filtro que más gente pasa por alto, y es el que descarta a la mayoría de las familias que nos están escribiendo.

Si ninguno de los padres es ciudadano, la orden identifica cuatro categorías. Para cada una explicamos qué dice la orden, qué ya era ley antes, qué parece nuevo y qué sigue sin resolverse.

Alguno de los padres es un «enemigo extranjero»
Qué dice la orden
Incluye a personas descritas como enemigos extranjeros, entre ellas miembros de organizaciones designadas como terroristas extranjeras (FTO) y personas designadas como terroristas globales (SDGT).
Qué ya era ley
La excepción histórica más cercana es la de los hijos de fuerzas militares enemigas en ocupación de territorio estadounidense — una excepción reconocida desde hace más de un siglo y de alcance extremadamente limitado.
Qué parece nuevo
Extender ese razonamiento desde «fuerzas de ocupación» hacia designaciones administrativas modernas como FTO y SDGT.
Qué sigue sin resolverse
Si una designación administrativa puede equivaler jurídicamente a la excepción histórica de fuerzas de ocupación. Es probable que sea uno de los puntos más impugnados.
Alguno de los padres trabaja para un gobierno extranjero
Qué dice la orden
Menciona embajadores, personal de embajadas y consulados, empleados oficiales de gobiernos extranjeros y empleados de organizaciones internacionales con inmunidad.
Qué ya era ley
La excepción para hijos de diplomáticos acreditados existe desde hace más de un siglo y la Corte Suprema la reconoció como una de las excepciones históricas. No es nueva y no es controversial.
Qué parece nuevo
La amplitud del lenguaje. La ley existente ha distinguido con cuidado entre un diplomático acreditado con inmunidad plena y otro personal — incluido personal contratado localmente — que no tiene esa inmunidad.
Qué sigue sin resolverse
Dónde traza la línea el gobierno entre inmunidad diplomática plena, inmunidad consular limitada y simple empleo por un gobierno extranjero. Es la categoría con mayor probabilidad de generar preguntas concretas para familias reales.
Transacción comercial para obtener la ciudadanía
Qué dice la orden
Cubre transacciones comerciales dirigidas a obtener la ciudadanía por nacimiento, incluida una transacción comercial para lograr que la madre esté en Estados Unidos al momento del parto, y también arreglos de subrogación (gestación por sustitución).
Qué ya era ley
Desde 2020 existe una regla del Departamento de Estado que dice que viajar con el propósito principal de obtener la ciudadanía para un hijo no es un uso permitido de la visa de visitante B. El fraude en visas ya era, y sigue siendo, sancionable.
Qué parece nuevo
Trasladar ese razonamiento desde la etapa de la visa hacia la etapa del reconocimiento documental de la ciudadanía del niño ya nacido, y nombrar expresamente la subrogación.
Qué sigue sin resolverse
Qué cuenta como «transacción comercial». Pagar un hospital, contratar un seguro médico o firmar un contrato de subrogación válido bajo la ley de un estado son cosas muy distintas entre sí. Nada en la orden explica cómo se distinguen.
Nacimiento en ciertos territorios de EE. UU.
Qué dice la orden
Cubre nacimientos en territorios estadounidenses donde la ciudadanía no está conferida por una ley federal.
Qué ya era ley
El estatus de los distintos territorios ya se rige por leyes federales específicas y no es uniforme. Samoa Americana es el caso más conocido de un territorio cuyos habitantes son nationals de EE. UU. sin ser ciudadanos por nacimiento por vía de una ley federal.
Qué parece nuevo
Poco, en cuanto al resultado práctico. Esta categoría se parece más a una descripción del régimen legal existente que a un cambio.
Qué sigue sin resolverse
Cómo interactúa esto con el litigio de larga data sobre el estatus de Samoa Americana.

4 · Personal de gobiernos extranjeros

Diplomáticos, consulados y organizaciones internacionales

Vale la pena separar tres cosas que se están mezclando en la conversación pública.

Lo que no es nuevo

Que los hijos de diplomáticos extranjeros acreditados no adquieren la ciudadanía por nacimiento no es una novedad de 2026. Es una excepción reconocida desde hace más de un siglo, basada en la idea de que un diplomático acreditado no está plenamente sujeto a la jurisdicción del país donde sirve. La Corte Suprema la mencionó en junio de 2026 como una de las excepciones históricas que siguen en pie.

Lo que la orden parece ampliar

El texto no habla solo de diplomáticos acreditados. Menciona personal de embajadas y consulados, empleados oficiales de gobiernos extranjeros y empleados de organizaciones internacionales con inmunidad. Eso abarca a mucha más gente que la excepción diplomática clásica.

Por qué esto genera preguntas sin respuesta

La inmunidad consular no es igual a la inmunidad diplomática: es más limitada y suele cubrir solo actos oficiales. Y muchas embajadas y consulados emplean localmente a personas que no tienen inmunidad alguna. Si su familia está en alguna de estas situaciones, esta es una de las áreas donde una revisión legal individual puede tener sentido — no porque haya una respuesta clara, sino precisamente porque no la hay.

5 · Birth tourism

«Birth tourism»: dos mecanismos legales distintos

El término se usa para dos cosas que funcionan de manera completamente diferente.

Mecanismo 1 — Visas y entrada

Un consulado puede negar una visa y un oficial de admisión puede negar la entrada. La orden del 6 de agosto instruye al Departamento de Estado y a DHS a endurecer y actualizar esas políticas, y menciona además la revocación de autorizaciones de viaje y la remoción.

Mecanismo 2 — Reconocimiento documental de la ciudadanía

Es la teoría de la otra orden: que una persona nacida aquí en el marco de una transacción comercial para obtener la ciudadanía no la adquirió al nacer, y que por lo tanto las agencias no deberían emitir documentos que la reconozcan. Es una teoría jurídica mucho más agresiva que negar una visa, y es la que tiene mayor probabilidad de terminar en los tribunales.

Esto no empezó el 6 de agosto de 2026. Desde enero de 2020 existe una regla del Departamento de Estado que establece que viajar con el propósito principal de obtener la ciudadanía para un hijo no es un uso permitido de la visa de visitante B, y que un oficial consular que tenga razón para creer que la solicitante dará a luz durante su estadía puede presumir ese propósito. Las restricciones de visa por birth tourism llevan años vigentes.

6 · Subrogación y reproducción asistida

Gestación subrogada y padres de intención internacionales

La orden nombra expresamente los arreglos de subrogación dentro de la categoría de transacciones comerciales. Conviene ser cuidadoso aquí, porque es donde hay menos claridad y donde circula más información equivocada.

La gestación subrogada es legal y está regulada en varios estados, incluida California, y se utiliza por razones que no tienen nada que ver con obtener un pasaporte: infertilidad, condiciones médicas, parejas del mismo sexo. Un contrato de subrogación válido bajo la ley de un estado no es lo mismo que un esquema comercial diseñado para obtener un pasaporte, y la orden no explica cómo se distinguen.

Al mismo tiempo, la orden existe y menciona la subrogación, así que sería deshonesto decir que no pasa nada. Lo honesto es esto: es una de las situaciones donde una revisión legal individual sí puede tener sentido, sobre todo si hay padres de intención que viven fuera de Estados Unidos.

Esta página explica el estado del derecho. No sugiere cómo estructurar un viaje, un contrato o un arreglo para evadir restricciones migratorias, y nuestra oficina no asesora en ese sentido.

Página detallada para padres de intención y agencias (en inglés) →

7 · Lo que ya decidió la Corte Suprema

¿Qué decidió la Corte Suprema en junio de 2026?

El 30 de junio de 2026, en Trump v. Barbara, la Corte Suprema resolvió que los niños nacidos en Estados Unidos de padres que estaban aquí sin estatus legal o de forma temporal están «sujetos a la jurisdicción» de Estados Unidos y son ciudadanos al nacer bajo la Cláusula de Ciudadanía de la Decimocuarta Enmienda — sujeto a las excepciones históricamente reconocidas. La Corte anuló la orden ejecutiva de enero de 2025.

En lenguaje sencillo: la Corte Suprema confirmó recientemente la ciudadanía por nacimiento de los hijos de padres indocumentados y de padres con visa temporal. Lo que no hizo fue eliminar las excepciones históricas que siempre existieron, como la de los hijos de diplomáticos acreditados. La orden del 6 de agosto se apoya precisamente en ese espacio.

Análisis legal más técnico

La opinión mayoritaria, escrita por el Presidente de la Corte Roberts, rechazó exigir lealtad o estatus legal de los padres e interpretó «sujeto a la jurisdicción» como referida a la autoridad soberana de Estados Unidos sobre las personas que se encuentran en su territorio. Las excepciones históricas que la Corte identificó son estrechas: hijos de representantes diplomáticos extranjeros y, en la doctrina histórica, casos vinculados a soberanías cuasi-extranjeras y a fuerzas enemigas de ocupación.

Las órdenes del 6 de agosto no contradicen esa lectura de frente: la invocan. La pregunta jurídica que quedará abierta es si las cuatro categorías caben realmente dentro de las excepciones estrechas que la Corte reconoció, o si son una recategorización de personas a las que la decisión ya protegía. No caracterizamos aquí la votación de la Corte porque las fuentes secundarias publicadas la reportan de manera inconsistente; la opinión original está enlazada en la sección de fuentes.

8 · Lo que no se sabe

Lo que todavía no está resuelto

Esta sección es tan importante como las anteriores. Desconfíe de cualquiera que le presente estas preguntas como si ya tuvieran respuesta.

  • Implementación. Cada agencia federal debe publicar guía sobre cómo aplicará la orden dentro de 30 días de su firma. Hasta que esa guía exista, nadie sabe cómo se verá esto en la ventanilla.
  • Nacimientos anteriores. El texto del 6 de agosto no contiene la misma limitación expresa por fecha de nacimiento que sí tenía la orden de enero de 2025. No decimos que sea retroactiva ni que sea solo prospectiva — el texto no lo dice. La guía de las agencias y los litigios podrían aclararlo.
  • Empleados de gobiernos extranjeros. Dónde termina la inmunidad diplomática, dónde empieza la consular y qué pasa con el personal contratado localmente.
  • Subrogación. Cómo se distingue un contrato válido bajo la ley estatal de un esquema comercial.
  • Litigio. Si se presentan demandas, cuáles prosperan y qué alcance tendría cualquier orden judicial.
  • Alcance de una eventual suspensión. Si un tribunal bloquea las órdenes, si lo hace para todo el país o solo para ciertas personas.

9 · Línea de tiempo

Cómo llegamos hasta aquí

  1. 20 de enero de 2025

    Orden ejecutiva 14160

    La primera orden sobre ciudadanía por nacimiento. A diferencia de la actual, decía expresamente que solo aplicaba a personas nacidas 30 días o más después de su firma. Fue impugnada de inmediato y bloqueada por los tribunales.

  2. 30 de junio de 2026

    La Corte Suprema decide Trump v. Barbara

    La Corte resolvió que los niños nacidos aquí de padres sin estatus o con presencia temporal son ciudadanos al nacer, y anuló la orden de 2025.

  3. 6 de agosto de 2026

    Se firman dos nuevas órdenes ejecutivas

    Una sobre reconocimiento documental de la ciudadanía en cuatro categorías; otra sobre visas, entrada y birth tourism.

  4. Aproximadamente el 5 de septiembre de 2026

    Vence el plazo de 30 días para la guía de las agencias

    Cada agencia federal debe publicar guía sobre cómo implementará la orden sobre ciudadanía. Es la próxima fecha concreta que vale la pena vigilar.

Otras medidas migratorias recientes —como los programas de fianza para ciertas visas— son temas distintos y no forman parte de estas dos órdenes.

10 · Oriéntese

¿Su situación entra en alguna de las categorías?

Dos preguntas, en su navegador. No se guarda nada, no se envía nada y nadie ve sus respuestas.

Al momento del nacimiento del niño, ¿alguno de los padres era ciudadano estadounidense?

Esta herramienta es educativa y general. No evalúa su caso, no le dice si «califica» y no puede decirle que usted está definitivamente afectado ni definitivamente a salvo. Funciona por completo dentro de su navegador: no guarda ni transmite nada.

11 · Cuándo conviene hablar con un abogado

La mayoría de las familias no necesita tomar ninguna acción legal inmediata solo porque se firmaron estas órdenes. Si nadie le ha negado un documento, si uno de los padres es ciudadano, o si su situación no aparece abajo, lo razonable es informarse y esperar la guía de las agencias.

Una revisión legal puede tener sentido si…

  • Ninguno de los padres era ciudadano estadounidense y alguna de las cuatro categorías de la orden podría aplicar a su situación.
  • Le revocaron o le negaron una visa por un embarazo o por una acusación de birth tourism.
  • CBP le negó la entrada a Estados Unidos.
  • Ya le negaron efectivamente un pasaporte o un documento que reconoce la ciudadanía.
  • Alguno de los padres trabaja para un gobierno extranjero, una embajada, un consulado o una organización internacional cubierta.
  • Hay padres de intención internacionales o un arreglo de subrogación que podría interactuar con la orden.

Si su situación está en esa lista, el siguiente paso es una consulta de estrategia: revisamos los hechos concretos, le explicamos qué está en juego y le entregamos por escrito sus opciones y sus próximos pasos. Es una consulta con precio fijo, cotizado por escrito antes de empezar. No prometemos resultados, y no vamos a cobrarle por una consulta si su situación no la necesita.

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Cuéntenos en pocas palabras cuál de esas situaciones se parece a la suya. Le respondemos el mismo día hábil siempre que es posible.

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12 · Fuentes

Fuentes legales primarias

Los documentos originales, sin intermediarios. Léalos usted mismo.

Solo enlazamos fuentes primarias. Si esta página cita un hecho que usted no puede verificar en alguno de estos documentos, escríbanos y lo corregimos.

13 · Preguntas frecuentes

Lo que la gente está preguntando

¿Mi hijo pierde la ciudadanía?

Una orden ejecutiva no inicia por sí sola un proceso para quitarle la ciudadanía a nadie. La orden del 6 de agosto instruye a las agencias federales sobre la emisión y aceptación de documentos que reconocen la ciudadanía, en cuatro categorías y solo cuando ninguno de los padres es ciudadano estadounidense. Si su hijo ya tiene pasaporte o certificado de ciudadanía, esos documentos siguen existiendo. Cómo tratarán las agencias los casos ya ocurridos es una de las preguntas todavía abiertas.

¿Qué pasa si uno de los padres es ciudadano?

La orden aplica sus cuatro categorías únicamente cuando ninguno de los padres es ciudadano estadounidense. Si uno de los padres ya es ciudadano, esas cuatro categorías no se activan bajo el propio texto de la orden.

¿Qué pasa si ambos padres tienen visa?

Tener una visa no coloca por sí solo a una familia dentro de las cuatro categorías. La Corte Suprema confirmó en junio de 2026 la ciudadanía por nacimiento de los niños nacidos aquí de padres que estaban de forma temporal o sin estatus, sujeto a las excepciones históricamente reconocidas. Las categorías de la orden son más específicas que «tener visa».

¿Qué pasa si la madre estaba como turista?

Estar aquí con una visa de turista no es, por sí solo, una de las cuatro categorías. La categoría relacionada habla de una transacción comercial para lograr que la madre esté en Estados Unidos para dar a luz. Cómo pretende el gobierno distinguir un viaje ordinario de una transacción comercial es exactamente lo que la guía de las agencias tendría que aclarar.

¿Qué pasa si el niño ya nació?

El texto del 6 de agosto no contiene la misma limitación expresa por fecha de nacimiento que sí tenía la orden de enero de 2025, que solo aplicaba a personas nacidas 30 días o más después de su firma. No le vamos a decir que es retroactiva ni que es solo prospectiva: el texto no lo dice. La guía de las agencias y los litigios podrían aclararlo.

¿Qué pasa con los hijos de diplomáticos?

La excepción para hijos de diplomáticos acreditados no es nueva: existía mucho antes de 2026 y la Corte Suprema la reconoció como una de las excepciones históricas. Lo que parece nuevo en la orden es la amplitud del lenguaje sobre empleados de gobiernos extranjeros en general.

¿Qué pasa con los empleados de consulados?

La orden menciona personal de embajadas y consulados y empleados de organizaciones internacionales con inmunidad. La ley existente ha tratado de manera distinta a un diplomático acreditado con inmunidad plena y a un empleado local sin inmunidad. Cómo aplicará la orden a cada situación es una pregunta abierta, y es una de las que más probablemente dependa de la guía de las agencias.

¿Qué pasa con la subrogación (surrogacy)?

La orden menciona expresamente los arreglos de subrogación dentro de la categoría de transacciones comerciales. Es una de las áreas menos claras: la subrogación es legal en varios estados y se usa por razones que no tienen nada que ver con obtener un pasaporte. Es una situación en la que una revisión legal individual puede tener sentido.

¿Puede CBP negarle la entrada a una mujer embarazada?

Un oficial de admisión ya tenía autoridad para negar la entrada, y desde 2020 existe una regla del Departamento de Estado que dice que viajar con el propósito principal de obtener la ciudadanía para un hijo no es un uso permitido de la visa B. El embarazo por sí solo no es una prohibición. La orden del 6 de agosto instruye a las agencias a endurecer estas políticas.

¿Está esto ya en vigor?

Ambas órdenes están firmadas y son operativas como instrucciones del Presidente a las agencias federales. Una orden ejecutiva no es una ley aprobada por el Congreso y no cambia por sí sola el texto de la Constitución ni el de 8 U.S.C. § 1401. La orden sobre ciudadanía da a las agencias 30 días para publicar guía sobre su implementación.

¿Puede un juez bloquear estas órdenes?

Sí. Un tribunal federal puede suspender la aplicación de una orden ejecutiva mientras decide si es legal, y eso fue exactamente lo que ocurrió con la orden de enero de 2025. Consulte el historial de cambios de esta página para el estado actual.

¿Qué documentos podrían verse afectados?

La orden habla de documentos federales que reconocen la ciudadanía —pasaportes, certificados de ciudadanía y trámites relacionados con el número de Seguro Social— y también de aceptar documentos estatales o locales que pretendan reconocerla. Un acta de nacimiento estatal la emite el estado, no una agencia federal.

14 · Historial

Registro de actualizaciones

Cada cambio en esta página, con su fecha, su fuente y su efecto sobre lo que dice el resto del texto. Cuando la situación cambie, cambiamos la página — no solo agregamos una nota al final.

Gabriel Guillen-Gonzalez, abogado licenciado en California

Escrito y revisado por Gabriel Guillen-Gonzalez, abogado

Abogado licenciado en California, State Bar No. 361094 · Guillen-Gonzalez Law PC, San José, California. Argentino e inmigrante; atiende en español y en inglés.

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Última actualización de esta página: 6 de agosto de 2026.

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